viernes, 14 de febrero de 2014

1.1 El reglamento sobre publicaciones y revistas ilustradas

El reglamento sobre publicaciones y revistas ilustradas consta de 17 artículos en los cuales se establecen los lineamientos que las publicaciones deben de ser al igual que las sanciones que pueden ser aplicadas en caso de irrumpir un artículo de dicho reglamento.

El reglamento establece que debe existir una comisión calificadora que contará con un Secretario el cual realizará todos los procesos pero este solo tendrá voz, voto no.

Se establece que si existen publicaciones que dañen a la moral pública por contener información que fomente vicios, delitos, discriminación, mal uso del lenguaje o contrarien a la ley deberán ser prohibidas, en caso de irrumpir en algún punto, el infractor será citado a una audiencia ante la comisión.

Los artículos que contengan información referente al sexo no se expondrán en la portada ni contraportada, se posicionará en lugares propios para adultos y en bolsa de plástico cerrada.

Se establece multas desde $500.00 hasta $100,000.00, 36 horas de arresto o suspensión hasta por un año de uso de título y edición dependiendo de la gravedad de la sanción administrativa.


La solicitud de licitud deberá de hacerse por escrito anexado la constancia expedida por la Dirección General de Derechos de Autor que conceda la reserva de derechos de uso exclusivo, más cinco ejemplares de los últimos tres números.

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